EL PERIÓDICO, 26/112004
EL DERECHO DE LA VÍCTIMA
MARÍA JOSÉ Varela, Abogada
Ser víctima de un delito confiere derechos reconocidos en la ley, ya que puede tener una presencia activa en las diligencias de investigación y en el juicio: ejercer la acusación, reclamar indemnizaciones para resarcirse del daño sufrido, solicitar las medidas de protección y ser informada de los actos que puedan afectarla, como el ingreso o salida de prisión de su agresor. La información que se hace de ello es generalmente sucinta, lo que determina que en un elevado porcentaje de perjudicadas no sea consciente de lo que implica y no tenga representación ante el tribunal.B
El caso de Lucía Murillo, violada, revela esta carencia y la grave repercusión que tiene en la vida ciudadana el segundo plano que ocupa la víctima en la Administración de justicia. La medida legal que impide la prórroga automática de la prisión preventiva no es el obstáculo, porque dos años es tiempo suficiente para poder celebrar el juicio y porque la prórroga está prevista si se cumplen los requisitos. Pero esta vez el agresor dejó la prisión antes de ser juzgado --por error técnico, falta de entendimiento entre la fiscalía y la sala o prevalencia de lo formal sobre lo real--, y ello refleja un funcionamiento anómalo.ä
Se ha entendido que el respeto de los derechos de los imputados es la base de un Estado democrático, y la formación de los jueces es impecable en este aspecto, pero Murillo lo más que ha logrado es un trato correcto, sin que sus derechos estén tutelados con igual celo. Todas las víctimas --incluidas las de la violencia machista, que ayer se recordaban-- merecen un reconocimiento mucho más amplio.