EL PERIÓDICO, 26/112004

EL DERECHO DE LA  VÍCTIMA

MARÍA JOSÉ  Varela, Abogada

Ser víctima de un delito confiere derechos  reconocidos en la ley, ya que puede tener una presencia  activa en las diligencias de investigación y en el juicio:  ejercer la acusación, reclamar indemnizaciones para  resarcirse del daño sufrido, solicitar las medidas de  protección y ser informada de los actos que puedan  afectarla, como el ingreso o salida de prisión de su  agresor. La información que se hace de ello es generalmente  sucinta, lo que determina que en un elevado porcentaje de  perjudicadas no sea consciente de lo que implica y no tenga  representación ante el tribunal.B

El caso de Lucía Murillo, violada,  revela esta carencia y la grave repercusión que tiene en la  vida ciudadana el segundo plano que ocupa la víctima en la  Administración de justicia. La medida legal que impide la  prórroga automática de la prisión preventiva no es el  obstáculo, porque dos años es tiempo suficiente para poder  celebrar el juicio y porque la prórroga está prevista si se  cumplen los requisitos. Pero esta vez el agresor dejó la  prisión antes de ser juzgado --por error técnico, falta de  entendimiento entre la fiscalía y la sala o prevalencia de  lo formal sobre lo real--, y ello refleja un funcionamiento  anómalo.ä

Se ha entendido que el respeto de los  derechos de los imputados es la base de un Estado  democrático, y la formación de los jueces es impecable en  este aspecto, pero Murillo lo más que ha logrado es  un trato correcto, sin que sus derechos estén tutelados con  igual celo. Todas las víctimas --incluidas las de la  violencia machista, que ayer se recordaban-- merecen un  reconocimiento mucho más amplio.